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año:2011
 
institución:MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
 
institución:PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
 

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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 12750 TELEFAX Nro. 2716-5051 15 de diciembre, 2011 DFOE-DL-1181 Señora Emilce León Céspedes Secretaria Municipal Señor Gerardo Fuentes González Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE GUACIMO Limón Estimados señora y señor: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial del período 2012 de la Municipalidad de Guácimo. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo Municipal, así como para que se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, me permito remitirle el presupuesto inicial de esa Municipalidad de Guácimo, aprobado parcialmente por la suma de ¢1.351.783.1 miles. Sobre el particular le indicamos lo siguiente: 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. ORIGEN DEL ESTUDIO Y ALCANCE El estudio se originó en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428, 97 del Código Municipal y otras leyes conexas. Para el análisis respectivo, se han tenido a la vista los siguientes documentos: el presupuesto ordinario y el plan operativo institucional, que fueron aprobados por el Concejo Municipal, según consta en la copia del acta de la sesión extraordinaria Nro. 20-2011 del 23 de setiembre de 2011 y que fueran remitidos con oficio sin número, recibido en este órgano contralor el 30 de setiembre de 2011. El estudio se realizó de acuerdo con la normativa jurídica aplicable según las circunstancias, la cual considera la emitida por la Contraloría General de la República, según su competencia. DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARR ...
Fecha publicación: 18/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 12168 02 de diciembre, 2011 DJ-1323-2011 Licenciado Jorge Sequeira Gerente General PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA Estimado Señor: Asunto: Consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. Se refiere esta División a su nota sin número, recibida el 21 de noviembre pasado, mediante la cual plantea una consulta relacionada con la aplicación de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley N° 8422 del 6 de octubre de 2004), referida a si su eventual participación en la Junta Directiva de la empresa Radio Mensajes S.A., lesiona –o no- algunas de las disposiciones contenidas en dicha norma legal. En ese sentido, en el memorial de consulta se indica que “(…) considero que no me asiste ningún impedimento, incompatibilidad o prohibición en las condiciones señaladas en este oficio (…)”, sin embargo, se menciona que: “(…) solicito atentamente al órgano contralor corroborar mi posición, para lo cual fundamento esta petición en el artículo 33 del Reglamento a la Ley N° 8422 (…)”. I CONSIDERACIONES PRELIMINARES Como un aspecto de primer orden, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Lo anterior se funda, en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio ...
Fecha publicación: 05/12/2011
Fecha emisión: 02/12/2011
Documento: 12168-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11710 24 de noviembre de 2011 DCA-3098 Señor Gerardo Fuentes González Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Estimado señor: ASUNTO: Se rechaza consulta sobre posible convenio entre la Municipalidad de Guácimo y Ecoproyectos de Centroamérica S.A. por tratarse de un caso concreto. Damos respuesta a su oficio No. AMG-778-2011, de fecha 28 de setiembre del año en curso y recibido en esta Contraloría General el 30 de octubre siguiente, mediante el cual consulta, si de conformidad con el artículo 3, del Reglamento de Refrendos R-CO-2007, un convenio entre Ecoproyectos de Centroamérica S.A., y dicha Municipalidad requiere de nuestro refrendo. I. Sobre los aspectos consultados. Indica la Corporación Municipal que en la actualidad tienen autorizada una concesión permanente de explotación sobre el cauce de dominio público, en el Río Guácimo, esto de conformidad con expediente minero número 8-2004, de la Dirección de Geología y Minas, y como parte de los requisitos y obligaciones esa corporación municipal debe cumplir con el acceso y acondicionamiento de áreas de terreno colindante a las coordenadas del cauce, esto con el fin de ser utilizados como patios de acopio de material, áreas para movilización y estacionamiento de maquinaria, además de una oficina con ciertos servicios y una casetilla para el control diario. Ante tal situación, la empresa Ecoproyectos de Centroamérica S.A, quienes son los propietarios registrales de los terrenos colindantes al sitio de la extracción, están de acuerdo a celebrar un convenio, por el cual permiten el uso y ocupación de esos predios por parte de la Municipalidad y como contraprestación solicitan el 10% del material efectivamente extraído por mes. Señala la Municipalidad que esa Administración tiene autorizado extraer como máximo por mes la cantidad de 2000m³, por lo q ...
Fecha publicación: 27/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Documento: 11710-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al Oficio Nº 10489 27 de octubre, 2011 DCA-2810 Señor Gerardo Fuentes González Alcalde Municipalidad de Guácimo Estimado señor: Asunto: Se concede a la Municipalidad de Guácimo, con fundamento en el artículo 138 del Reglamento de Contratación Administrativa, autorización para realizar en forma concursada, dos contrataciones directas para los proyectos de “Remodelación del Edificio de la Municipalidad” por un monto de ¢ 197.400.000.00 (ciento noventa y siete millones cuatrocientos mil colones exactos) y Remodelación de la Biblioteca y Casa de la Cultura del Cantón de Guácimo”, por un monto de ¢116.181.277.00 (ciento dieciséis millones ciento ochenta y un mil doscientos setenta y siete colones exactos). Nos referimos a oficio No. AMG-777-2011 de fecha 28 de setiembre del 2011, recibido en este órgano contralor en fecha 30 de igual mes y año, mediante el cual solicita nuestra autorización para iniciar dos procedimientos de contratación directa, para el desarrollo de los proyectos “Remodelación del Edificio de la Municipalidad” y “Remodelación de la Biblioteca y Casa de la Cultura del Cantón de Guácimo” por un monto de ¢197.400.000.00 y ¢116.181.277.00, respectivamente. Mediante oficio No. AMG-809-2011, de fecha 10 de octubre de 2011, se remitió información adicional producto de un requerimiento efectuado por este Despacho, mediante oficio DCA-2600 del 6 de octubre del 2011. I.-Antecedentes y justificación de la solicitud: Como antecedentes y justificaciones expuestas por la Administración se detallan las siguientes: 1. Que conforme a certificación del Departamento de Tesorería Municipal, se demuestra que a la fecha la Municipalidad de Guácimo dispone de una suma de ¢197.400.000.00, para la ejecución de obras, la cual se destinará para la remodelación del edificio municipal. Señala que dichos f ...
Fecha publicación: 01/11/2011
Fecha emisión: 27/10/2011
Documento: 10489-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 09898 FAX Nro. 2716-6067 18 de octubre, 2011 DFOE-DL-0901 Señora Emilce León Céspedes Secretaria del Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Estimada señora: Asunto: Se atiende solicitud de criterio del Concejo Municipal de Guácimo con respecto a advertencia que realiza la Auditoría Interna de esa Municipalidad, en torno a presuntas irregularidades en permisos de construcción. Con el ruego de que lo haga del conocimiento del Concejo Municipal, se atiende el oficio SMG-1148-2011 recibido el pasado 15 de setiembre mediante el cual requiere criterio, con base en el acuerdo de ese Concejo Municipal tomado en la sesión ordinaria Nro. 36 del 6 de setiembre del año en curso, en torno a advertencia que realiza la Auditoría Interna con respecto a presuntas irregularidades en permisos de construcción. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley No. 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular No. CO-529 publicada en el diario oficial La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000 (disponible en la página web www.cgr.go.cr), el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas. Este proceder, se fundamenta en el interés de no sustituir a las entidades consultantes en la solución o respuesta de asuntos propios de su competencia y evitar, además, el riesgo que genera emitir un pronunciamiento en punto a situaciones o casos específicos cuyas particularidades y detalles se desconocen, lo cual imposibilita rendir un criterio completo y suficientemente informado. Interesa señalar que ...
Fecha publicación: 21/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 9787 10 de octubre, 2011 DFOE-SAF-0387 Licenciado Jorge Sequeira Picado Gerente General PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se amplía oficio DFOE-SAF-327-2011 (7629) con relación al pago de arrendamiento de vehículos para funcionarios de PROCOMER ubicados en las oficinas de promoción en el extranjero. En atención a su oficio No. GG-041-11, del 28 de marzo, procedemos a ampliar nuestro oficio de respuesta DFOE-SAF-0327-7629 del 18 de agosto, en relación con el tema de arrendamiento de vehículos (kilometraje) ubicados en el exterior del país. Explica la consultante que Procomer desarrolla actividades que tienden al fortalecimiento del comercio exterior de nuestro país, razón por la que ha instalado oficinas de Promoción en diversas zonas del exterior, y para regular el funcionamiento de sus oficinas emitió el Reglamento de Oficinas de Promoción Comercial, normativa que establece las pautas mínimas de desempeño y gestión. En cuanto al pago de kilometraje adjunta criterio legal No. 227-2011 de fecha 15 de marzo del 2011 de esa Institución, en la que se indica que para los Directores, Subdirectores y personal de apoyo, actualmente PROCOMER les reconoce el pago de kilometraje con base en la tarifa que establece la Contraloría General de la República, sin embargo, por la realidad socioeconómica de cada país, ha detectado que la indicada suma no siempre es suficiente para compensar a los funcionarios los gastos efectivos de cada país, ya que los mismos suelen ser muy distintos a los gastos que se generan en Costa Rica. Por tal razón, se consulta si puede Procomer pagar un mo ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: VIATICOS
Proceso: REVISION DEL REGLAMENTO DE GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 09699 06 de octubre, 2011 DCA-2607 Señor Eddie Villalobos Villalobos Gerente Administrativo Financiero Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica Fax: 2233-5755 Estimado señor: Asunto: Se deniega solicitud de autorización para la degradación del procedimiento de contratación de licitación abreviada para efectos de utilizar la contratación directa, así como una disminución del 25% del precio final autorizado por esta Contraloría General mediante el oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, del inmueble del Partido de Limón matrícula 55254-000. Nos referimos a sus oficios GG-165-11 y GAF-OFIC-137-11 de fechas 23 y 28 de setiembre de 2011, mediante los cuales solicita nuestra autorización para llevar a cabo la contratación indicada en el asunto. I) Antecedentes. 1) Mediante oficio 3888 del 3 de mayo del 2011, esta Contraloría General otorgó autorización a PROCOMER para efectuar una degradación del procedimiento de licitación pública y sacar a la venta del inmueble 055254-000 mediante una licitación privada, así como también disminuir en un 25% la base del avalúo administrativo SJ-329-2010, tramitado mediante el expediente 4589, ello con fundamento en los artículos 30 de la Ley de Contratación Administrativa y 15 de su Reglamento, así como en el 115 bis del Reglamento de Contratación de PROCOMER. 2) La Administración procedió a tramitar el procedimiento de Licitación Privada Nº 02- 2011 denominado “Venta de propiedad ubicada en Limón”, correspondiente al terreno ubicado en la provincia de Limón, Cantón Limón, Distrito Liverpool, inscrita en el Registro Público de la Propiedad, sección inmueble, Partido de Limón, matrícula No. 055254-000, con un área de 64.033,43 metros cuadrados, plano catastrado L-5977-1991, valorado según avalúo administrativo SJ-329-2010, expediente 4589, en un preci ...
Fecha publicación: 11/10/2011
Fecha emisión: 06/10/2011
Documento: 09699-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 06991 29 de julio, 2011 DFOE-SM-0609 Señor Gerardo Fuentes González Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 3-2011 de la Municipalidad de Guácimo. Con la aprobación de la Contraloría General, se remite el presupuesto extraordinario Nro. 3-2011 de esa Municipalidad, por un monto de ¢949.102.025,87. Al respecto se indica lo siguiente: 1. En relación con el contenido presupuestario que se incorpora para el aumento de salarios del primer semestre del 2011 y la reserva para el segundo semestre, el cual es financiado con recursos del superávit libre, y de previo a la aprobación del respectivo ajuste, esa administración deberá valorar esa forma de financiamiento dado que el superávit libre es un recurso de carácter extraordinario que no resulta idóneo, desde la perspectiva de la sana administración financiera, para respaldar gastos fijos ordinarios como son los salarios. Sobre el particular se deberá considerar lo establecido en los artículos 6 y 101 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y del Código Municipal, respectivamente, los cuales enuncian el principio presupuestario del financiamiento de gastos corrientes con ingresos corrientes. 2. El cálculo del salario del Alcalde y Vicealcalde, presentado en el cuadro Nro.3 del documento presupuestario, contiene cifras con carácter informativo ya que los salarios efectivamente pagados deberán ajustarse de acuerdo con los aumentos salariales que llegue a aprobar el Concejo Municipal y lo establecido en el artículo 20 del Código Municipal. 3. En la aplicación de los r ...
Fecha publicación: 24/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE GUACIMO
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 07598 17 de agosto de 2011 DCA-7598 Señor Jorge Sequeira Picado Gerente General Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) Estimado señor: Asunto: No se refrenda por no requerirlo el convenio para la sesión de funcionarios suscrito entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) y la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). Nos referimos a su oficio GG-0126-11 del 27 de julio del presente año, mediante el cual solicita el refrendo de la adenda referida en el asunto. Una vez realizado el estudio de rigor, este Despacho ha podido determinar que el convenio original refrendado por esta Contraloría General mediante el oficio 010562 del 27 de agosto de 1997 fue otorgado al amparo del anterior reglamento de refrendos, el cual dejó regir a partir del 1 de enero de 2008, fecha en que entró en vigencia en nuevo reglamento de refrendos, publicado en La Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2007. En el mismo orden de ideas, el reglamento actualmente vigente en su artículo 3 inciso 6 establece cuales contratos o convenios celebrados entre entes, empresas u órganos públicos están sujetos al refrendo contralor; estos son aquellos que tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica, en consecuencia, los demás contratos o convenios interadministrativos no estarán sujetos a refrendo. Ahora bien, siendo que el objeto de convenio celebrado por PROCOMER y COMEX no corresponde a ninguno de los anteriormente citados, la Contraloría General se considera incompetente para refrendarlo, siendo que es exclusiva responsabilidad de los jerarcas de las Administraciones involucradas adoptar las medidas de control, de conformidad con la normativa de control interno, para garantizar que las relaciones interadministr ...
Fecha publicación: 22/08/2011
Fecha emisión: 17/08/2011
Documento: 07598-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 06981 29 de julio de 2011 DCA-1948 Señor Eddie Villalobos Representante legal Señora Marcela Brooks Directora de Asesoría Legal Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) Estimado (a) señor (a): Asunto: No se refrenda por no requerirlo el borrador de escritura pública producto de la contratación directa concursada promovida por la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) para la venta de una finca de su propiedad ubicada en la provincia de Puntarenas. Nos referimos a su oficio GG-108-2011 del 13 de julio del presente año, mediante el cual solicita el refrendo referido en el asunto. Sobre el asunto en conocimiento, cabe recordar que el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, en su artículo 3, luego de los diferentes supuestos en lo que un contrato amerita el refrendo contralor, en el último párrafo se menciona lo siguiente: “(…) No estarán sujetos al refrendo los demás contratos o convenios no referidos en este artículo o en las demás disposiciones de este Reglamento, sin perjuicio de las exclusiones concretas que se estipulen en los artículos siguientes, en virtud del régimen especial de esas exclusiones (…)”. Una de esas exclusiones a que hace referencia el último párrafo anterior se encuentra establecida en el inciso 2) del artículo 12 de la misma normativa. En dicho numeral, se dispone que cuando la escritura pública de un contrato requiera formalizarse ante la Notaría del Estado 1 , no resulta necesario cumplir con el trámite del refrendo ante la Contraloría General. Consecuentemente, el borrador de la escritura no debe remitirse a este órgano contralor. Por consiguiente, todos aquellos contratos cuya escritura deba formalizarse, por imperativo legal, ante la Notaría del Estado, se encuentran exentos del trámite de ...
Fecha publicación: 04/08/2011
Fecha emisión: 29/07/2011
Documento: 06981-2011.pdf
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS